sábado, 31 de diciembre de 2011

El Equipo de Orientación y Apoyo (EOA)


El  Equipo de Orientación y Apoyo (EOA)  es una estructura de coordinación docente responsable de asesorar al profesorado en la planificación desarrollo y evaluación de las actuaciones de orientación y de las medidas de atención a la diversidad del centro y de llevar a cabo las actuaciones de atención específica y apoyo especializado.

El EOA está constituido por la orientadora, y por el profesorado de pedagogía terapéutica y de audición y lenguaje. La coordinación será ejercida por el responsable de orientación.

Los componentes del EOA, bajo la coordinación del responsable de orientación, trabajarán conjuntamente en el desarrollo de las funciones recogidas en el artículo 9 del Decreto 43 / 2005, de 26 – 04 – 2005, por el que se regula la orientación educativa y profesional, y de forma específica, en las establecidas en el apartado segundo de la Orden de 15 de junio de 2005, por el que se regula el régimen de funcionamiento de las unidades de orientación, para sus responsables y en la Resolución de 8 de julio de 2002 para el resto del profesorado de apoyo.

Funciones generales del EOA (Dec.43 / 2005).

  • Favorecer los procesos de madurez personal, personal, social y profesional, de desarrollo de la propia identidad y del sistema de valores, y de la progresiva toma de decisiones que el alumno ha de realizar a lo largo de su vida, escolares, profesionales y laborales.
  • Prevenir las dificultades de aprendizaje y no solo asistirlas cuando han llegado a producirse, anticipándose a ellas y combatir el abandono del sistema educativo, el fracaso y la inadaptación escolar.
  • Colaborar en el ajuste de la respuesta educativa a las necesidades particulares de todos y cada uno de los alumnos, adaptándola a sus capacidades, intereses y motivaciones, mediante las oportunas adaptaciones curriculares y metodológicas y el asesoramiento en las medidas de atención a la diversidad que garanticen una respuesta educativa más personalizada y especializada.
  • Asegurar la continuidad educativa a través de las distintas áreas, ciclos y etapas y, particularmente, el paso de la educación infantil a la primaria, de ésta a la secundaria y de la secundaria al mundo académico o al del trabajo.
  • Prestar asesoramiento psicopedagógico a los diferentes órganos de gobierno y de coordinación docente de los centros educativos.
  • Asesorar a las familias en su práctica educativa.
  • Colaborar en el desarrollo de la innovación, investigación y experimentación, como elementos que redundan en una mejora de la calidad educativa.
  • Contribuir a la adecuada relación e interacción entre los distintos integrantes de la comunidad educativa:  profesorado, alumnado y familias; así como entre la comunidad educativa y su entorno, colaborando en los procesos organizativos y de participación de la comunidad educativa, y en especial del alumnado, en la vida de los centros.
  • Asesorar a la Administración Educativa y colaborar en el desarrollo de sus planes estratégicos.
  • Los miembros del EOA pertenecerán a distintos equipos de ciclo y asistirán a todas las sesiones de evaluación, con el fin de recoger información relevante tratada en estos, y asesorar; así como intercambiar entre ellos la información recogida.

¿Qué papel tiene el Orientador u Orientadora?

Funciones del profesor orientador:

  • Detectar las necesidades de los alumnos conectándolas con los programas de aprendizaje
  • Animar, dinamizar y facilitar el desarrollo de los alumnos
  • Diseñar, dirigir y realizar cursos y talleres de su especialidad
  • Localizar recursos para el desarrollo de las actividades
  • Participar en el proyecto general formativo, responsabilizándose de las tareas específicas que le son encomendadas
  • Participar en un equipo multidisciplinar que desarrolle una acción formativa


Como conclusión dejo una página web, bastante interesante acerca de los orientadores:


Los diferentes Consejos Escolares

CONSEJO ESCOLAR


¿Qué es el Consejo Escolar?


Es el máximo órgano regulador en un centro educativo público. Los centros concertados y privados tienen un Consejo pero no es su máximo órgano regulador (porque dependen de una empresa).

¿Quién lo forma?

En el caso de los colegios públicos, cada una de las comunidades autónomas determina el número de miembros total que debe tener y regula el proceso de elección de los mismos, ajustándose a las directrices que establece la LOE sobre su composición:

  • El director del centro, que ejercerá de Presidente.
  • El jefe de estudios del centro.
  • Un Concejal o representante del Ayuntamiento.
  • Un número de profesores que no podrá ser inferior a un tercio de los componentes del Consejo.
  • Un número de padres y alumnos que no podrá ser inferior a un tercio del Consejo. Entre los padres del Consejo, uno de ellos debe ser designado por la asociación de padres más representativa del centro, y los alumnos pueden ser elegidos para el Consejo a partir de 1º de ESO.
  • Un representante del personal de administración y servicios del centro.
  • El secretario del centro, que tendrá voz pero no voto.

¿Qué hace?

El Presidente del Consejo, que es el Director, convoca las reuniones. Tiene que haber un mínimo de convocatorias al año de reuniones, al menos una reunión por trimestre fuera del horario escolar. Se levanta Acta de cada reunión.

Sus funciones son:

  • Formular propuestas al equipo directivo sobre la programación anual del centro y aprobar el proyecto educativo sin perjuicio de las competencias del Claustro de profesores. en relación con la planificación y organización docente.
  • Elaborar informes. a petición de la Administración competente, sobre el funcionamiento del centro y sobre aquellos otros aspectos relacionados con la actividad del mismo.
  • Participar en el proceso de admisión de alumnos y velar para que se realice con sujeción a lo establecido en esta Ley y disposiciones que la desarrollen.
  • Aprobar el reglamento de régimen interior del centro.
  • Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y la imposición de sanciones y velar por que éstas se atengan a la normativa vigente.
  • Aprobar el proyecto de presupuesto del centro y su liquidación.
  • Promover la conservación y renovación de las instalaciones y equipo escolar.
  • Proponer las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con otros centros, entidades y organismos.
  • Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de la evaluación que del centro realice la Administración educativa.
  • Ser informado de la propuesta a la Administración educativa del nombramiento y cese de los miembros del equipo directivo.
  • Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro.
  • Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa.

¿Cómo se vota?

Se vota a mano alzada o en secreto, según se decida en la reunión.
Los ruegos y preguntas no figuran en el acta, por lo que buena parte de la información más interesante no queda registrada.

CONSEJO ESCOLAR MUNICIPAL


¿Qué es el Consejo Escolar Municipal?


Es un órgano de consulta, compuesto por representantes de todos los sectores afectados en la tarea educativa, por el que estos participan en la programación general de la enseñanza dentro del ámbito del Municipio.

¿Cómo se compone el Consejo Escolar Municipal de nuestra ciudad?

- Alcalde, que es su Presidente
- Representantes de la Administración Educativa de la Comunidad Autónoma
- Representantes de profesores de Centros Públicos y Concertados designados por los Sindicatos más votados
- Representantes de Asociaciones de Padres de Alumnos.
- Representantes de Alumnos.
- Representante del Personal Administrativo y de Servicios
- Concejal Delegado
- Titular de Centros Privados
- Secretario, designado por la Delegación Provincial de Educación y Ciencia

¿Qué carácter tiene el Consejo Escolar Municipal?

Es de creación obligatoria en todos los municipios en cuyo término existan al menos tres centros escolares públicos.

Además la normativa de nuestra Comunidad Autónoma recoge la posibilidad de que se cree de forma voluntaria en localidades con menos de tres centros públicos; también contempla la posibilidad de crear Consejos Escolares de ámbito comarcal.

¿Qué materias son de su competencia?

Se pueden dividir en dos grupos:

a) Materias de preceptiva consulta:

- Disposiciones municipales que afecten a temas educativos
- Distribución de los gastos que, en materia educativa, corresponden a los Ayuntamientos
- Cualquier otra cuestión que el Alcalde considere que ha de ser sometida a su consulta

b) Materias en que puede actuar a iniciativa propia:

- Distribución de alumnos a efectos de escolarización
- Propuestas de convenios o acuerdos para mejorar la prestación del servicio educativo
- Constitución de Patronatos o Institutos Municipales de educación
- Adaptación de la programación de los centros al entorno
- Cualquier otra cuestión relativa a la promoción y extensión educativa
- Adaptación del calendario escolar a las necesidades y características socio¬económicas de la localidad.

CONSEJO ESCOLAR DE CASTILLA LA MANCHA


¿Qué es el Consejo Escolar de Castilla La Mancha?

El Consejo Escolar de Castilla-La Mancha es el máximo órgano de consulta y asesoramiento del Gobierno Regional; así como de participación de la Sociedad castellano manchega, en la programación general de la enseñanza en los niveles anteriores a la Universidad en el ámbito territorial de nuestra comunidad.

¿Cuál son sus funciones?

En el ejercicio de sus funciones, el Consejo Escolar emitirá cuantos dictámenes e informes le sean solicitados por la persona titular de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes. A iniciativa propia podrá elaborar informes y elevar propuestas a la citada Consejería, sobre las materias que preceptivamente ha de ser consultado. También deberá elaborar, cada dos años, un Informe sobre la Situación de la Enseñanza en la Región y una memoria anual de sus actividades.

¿Cuándo deberá ser consultado?

El Consejo Escolar deberá ser consultado con carácter preceptivo, en los siguientes asuntos:

a) Las bases de la programación general de la enseñanza en Castilla-La Mancha.
b) Los anteproyectos de leyes y proyectos de disposiciones generales concernientes a las enseñanzas previas a la Universidad que afecten directamente al ejercicio efectivo del derecho a la educación, a la libertad de enseñanza y al cumplimiento de las obligaciones que impone el artículo 27 de la Constitución Española a los poderes públicos.
c) Los criterios generales para la financiación de los centros públicos y para la concertación de los privados dentro del marco competencial general de la Comunidad Autónoma.
d) Los planes de innovación y experimentación de programas y orientaciones pedagógicas.
e) Los planes y objetivos para la educación y formación de adultos.
f) Las disposiciones y actuaciones generales encaminadas a mejorar la calidad de la enseñanza y a compensar las desigualdades educativas, individuales o sociales.
g) Los programas e iniciativas dirigidos a fomentar la conciencia de la identidad regional y los valores culturales de Castilla-La Mancha.
h) Todas aquellas cuestiones que por precepto expreso de una ley hayan de consultarse al Consejo Escolar.

¿Cuál es la normativa básica del Consejo Escolar de Castilla La Mancha?

- Decreto 7/2008 de 22-01-2008 DOCM -- 25/01/2008 por el que se aprueba el Reglamento de funcionamiento del Consejo Escolar de Castilla-La Mancha
- Ley 3/2007, de 8/03/07, de Participación Social en la Educación en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha DOCM -- 20/03/2007

¿Cuál es su composición?

Su composición es:

- Una presidencia
- Una vicepresidencia
- Los consejeros
- La secretaría general

CONSEJO ESCOLAR DEL ESTADO

¿Qué es el Consejo Escolar del Estado?

El Consejo Escolar del Estado es el órgano de participación de los sectores más directamente relacionados con el sector educativo. Se crea con la Ley Orgánica reguladora del derecho a la educación en 1985. Su ámbito se extiende a todo el Estado.

El Consejo desarrolla también una labor consultiva, de asesoramiento y propuesta al Gobierno en relación con los distintos aspectos del sistema educativo.

Sus integrantes dictaminan los proyectos de normas en materia educativa, que tengan que ser aprobados por el Parlamento, el Gobierno o por el titular del Ministerio de Educación.

Asimismo, aprueba para cada curso escolar el Informe sobre el estado y situación del sistema educativo, donde se incluyen las propuestas de mejora de la educación que alcancen el respaldo sus miembros.

¿Cuál es la composición del Consejo Escolar del Estado?


El Consejo Escolar del Estado tiene 107 componentes. En función de la representatividad de las asociaciones en las que se integran, están presentes en el Consejo:

  • Presidencia
  • Vicepresidencia
  • Secretaría General
  • 20 profesores de la enseñanza pública y privada
  • 12 padres y madres del alumnado
  • 8 representantes del alumnado
  • 4 representantes del personal de administración y servicios
  • 4 titulares de centros privados
  • 4 representantes de las centrales sindicales
  • 4 representantes de las organizaciones empresariales
  • 8 miembros de la Administración educativa del Estado
  • 4 representantes de las Universidades
  • 4 representantes de las entidades locales
  • 12 personalidades de reconocido prestigio
  • 4 representantes de la mujer
  • 17 presidentes de los Consejos Escolares de ámbito autonómico


El Espacio en Educación

El espacio es un recurso que debe ser administrado convenientemente para favorecer las decisiones organizativas y curriculares más adecuadas para la educación de nuestros alumnos y alumnas. El uso adecuado del espacio ayudará a crear un ambiente favorecedor tanto del equilibrio personal de estudiantes y profesores como de sus relaciones interpersonales.

La manera como se utiliza el espacio indica el tipo de relaciones que se dan en el centro, cómo está regulada la convivencia, el tipo de disciplina, la metodología predominante,…es también un símbolo de poder.

La organización del espacio escolar incluye tanto la ordenación de los elementos que los delimitan: el edificio escolar, como la adecuada distribución del mobiliario y el material de uso didáctico que se encuentra dentro de esos límites. Así estos, distribuidos de una manera determinada, configuran el espacio escolar.

Frente al espacio educativo, formado por una multiplicidad de escenarios, agentes que desde distintos ámbitos, instituciones, entidades, ejercen directa o indirectamente una función educadora de muy diversa índole, el espacio escolar se define como un lugar en el que la comunidad educativa reflexiona, con el único objetivo de conseguir un crecimiento intelectual, personal y humano del conjunto de alumnos y alumnas y para saber cuáles son los conocimientos relevantes y significativos que necesitan para conseguir su integración con éxito en la sociedad actual. Y todo ello en coordinación con el resto de espacios educativos o planteando los requerimientos que crea oportunos al conjunto de agentes externos.

Tipologías de espacios educativos

ESPACIOS COMUNES: 


SALAS Y ESPACIOS COMPARTIDOS:



ESPACIOS EXTRAESCOLARES:


Distribución dentro del aula:

DISTRIBUCIÓN EN MESA CENTRAL:


DISTRIBUCIÓN EN FORMA DE U:



DISTRIBUCIÓN EN AULA:


DISTRIBUCIÓN EN CABARET:


COLOCACIÓN EN FORMA DE ISLAS:


COLOCACIÓN EN FORMA DE ANFITEATRO (más propia en los espacios comunes):


La tutoría

¿QUÉ ES LA TUTORIA?

Es un proceso dinámico de acompañamiento en la formación del estudiante, se lleva a cabo de manera periódica y sistemática. La tutoría, entendida como elemento individualizador a la vez que integrador de la educación, es un componente esencial de la función docente.

Obtiene los siguientes beneficios en el proceso educativo:

  • Incrementa su rendimiento académico.
  • Desarrolla hábitos, habilidades y adquiere valores.
  • Contribuye en la solución de problemas escolares y administrativos.
  • Reduce la posibilidad de deserción.

Otras definiciones podrían ser:

"Conjunto de acciones educativas que contribuyen a desarrollar y potenciar las capacidades básicas de los alumnos orientándolos para conseguir su maduración y autonomía y ayudarlos a tomar decisiones".

 "Es una acción sistemática, específica concretada en un tiempo y un espacio en la que el alumno recibe una atención individual y grupal, considerándose como una acción personalizada".

Objetivo de la Tutoría

Contribuir mediante estrategias de atención personalizada a elevar la calidad educativa, la eficiencia terminal y disminuir los índices de deserción, así como, contribuir a la formación integral del alumno.

La función tutorial tiene por objetivo asegurar que la educación sea verdaderamente integral y personalizada y no quede reducida a un simple trasvase de conocimientos.

Por lo tanto, la acción tutorial debe dar relevancia a aquellas características de la educación que trascienden la instrucción y conforman ese fondo de experiencias que permiten una educación individualizada e integral.

Pero al a destacar es que  TODOS LOS PROFESORES SOMOS TUTORES. La labor del profesorado no se centra solo en transmitir conocimientos, sino también en trabajar valores y actitudes, y teniendo presente a un alumnado concreto con capacidades, necesidades e intereses concretos, por lo que se apuesta por un modelo implícito de profesor-educador. Todo profesor debe realizar tareas que van más allá de la impartición de conocimientos. También es cierto que el papel de tutor de un curso tiene sus propias funciones fuera de su área.

Esto nos lleva a la pregunta ¿cuáles son las características de un buen tutor?

El tutor es el Docente con empatía, capacidad de escucha, confiabilidad, ética, valores y que es capaz de servir a sus alumnos.

  • El tutor debe ser un educador con conocimiento pleno de la psicología de los niños y adolescentes y con comprensión de sus propios factores psíquicos y personales que podrían limitar su labor.
  • El tutor deberá ser un docente con amplio dominio del curso, asignaturas o áreas que desarrolla en la escuela.
  • Pero sobre todo el Tutor debe ser una persona que de ejemplo a sus alumnos con su forma de actuar.

Por lo tanto un buen tutor debería ser una persona:

  • Consciente, de que su forma de actuar se ofrece como modelo identificatorio para los integrantes del grupo.
  • Orientador. Ello le posibilita guiar a los estudiantes en sus propios procesos de aprendizaje, teniendo en cuenta diferentes tiempos en uno y otro estudiante.
  • Facilitador. Es importante que facilite la participación de todos los integrantes del grupo, evitando tanto las intervenciones exclusivas de algunos, como los silencios exclusivos de otros.
  • Aceptación. Implica ubicarse como un miembro en un grupo que en determinado momento se tornará prescindible.
  • Interesado por los fenómenos grupales, lo que le permitirá no solamente tener una actitud empática con los integrantes sino también un mejor manejo de la dinámica grupal.
  • Observador participante. Le permite ser un atento observador de la dinámica grupal e intervenir en los momentos en que la misma obstaculiza los objetivos de aprendizaje del grupo.
  • Manejo de la ansiedad. Esto implica ser tolerante, lo cual es básico, ya que implica por un lado una escucha atenta, y por otro aceptar que el aprendizaje está centrado en el estudiante, y que son ellos los principalmente responsables de su propio aprendizaje, y les da a éstos un rol protagónico y no a él como tutor.
  • Creativo. Le permitirá desplegar diferentes técnicas en la forma de preguntar y manejar los aportes del grupo.
  • Autorreflexivo, reflexiona sobre su propia práctica tutorial y acepta críticas tanto de sus pares como de sus estudiantes. 


Un buen tutor debe de buscar en el alumno que:

a.  Aprenda a conocerse así mismo
Es necesario que el alumno se detenga, piense y reflexione acerca de cómo actúa, siente y reacciona al relacionarse con los demás y el mundo, explicar por qué esto es así, y tratar de aceptarse así mismo. Sólo el reconocimiento y aceptación de o que él es, le permitirá implementar los cambios necesarios en su vida personal, familiar, escolar y social y continuar así la construcción positiva de su persona.

b.  Valore sus cualidades
Es decir, que el alumno logre valorar juntamente con sus cualidades sus esfuerzos que realiza por cambiar o modificar aquello que no le satisface. Para ello, el alumno debe tener un sentimiento de adaptación y de bienestar basado en la confianza y la seguridad en sí mismos a partir de la cual construya y su identidad y autonomía.

c.  Adquiera una visión global y de su entorno
Esto le permite asumir su realidad y actúa en función a ella. Por lo tanto tiene que tomar conciencia que le corresponde asumir un rol activo en la conducción de su vida, es decir, ser consciente de la necesidad de establecer metas personales para la construcción de su proyecto de vida.

d.  Aprenda a vivir en sociedad
El alumno debe adecuarse y adaptarse a las normas y reglas de convivencia es decir debe respetar las normas de convivencia democrática.

e.  Logre un adecuado manejo de sus emociones y reacciones.
Logre aceptar y respetar a las personas en sus diferencias e individualidades.

f.  Desarrolle la capacidad de diálogo.
Expresar lo que piensa y siente, y escuchar también lo que piensa y siente el otro, desarrollando así su capacidad empática.

g. Aprenda a tolerar la frustración.
Logre enfrentar las dificultades. Aprenda a encontrar las alternativas de solución a sus problemas. Logre enfrentar situaciones de riesgos y presión.

Todo esto constituye un proceso gradual de desarrollo personal que no se alcanzará en un año escolar y que incluso podrían manifestarse cuando el alumno no esté más en el centro escolar por lo tanto la labor de tutoría va más allá del trabajo del tutor puesto que el desarrollo de una persona depende de la interacción de diversas variables y personas.

Finalmente y como opinión personal tengo que decir que por lo visto y reseñado anteriormente no es fácil ser tutor, ya que tienes que ser aparte de profesor, educador, que es una parte muchísimo más difícil que enseñar por ejemplo a sumar dos más dos.

Por último aquí dejo un artículo que aunque habla sobre las tutorías universitarias, creo que es cosa del futuro que finalmente se llegue a aplicar también a la ESO incluso a Primaria.

Los tiempos escolares





Los tiempos escolares son una variable muy importante, ya que, si bien es verdad que las cosas se hacen en un tiempo, durante un tiempo y se sitúan en un tiempo (realidad histórica), es cierto que escolarmente nos interesa analizar más las formas ligadas a su rentabilidad o lo que es lo mismo, la relación que se puede establecer entre el tiempo invertido, el esfuerzo realizado y los resultados conseguidos (cómo hacer rentable el uso del tiempo).

Distinguimos entre:

1. Tiempos escolares para el profesorado.

  • En las horas lectivas, los maestros están atendiendo normalmente a un grupo de alumnos. Los especialistas normalmente imparten horas de su especialidad, por ejemplo el de música imparte música…  y si alguna vez no está impartiendo clases es quizá porque sobran horas.
  • Los tutores darán a su grupo de alumnos del que son tutor las áreas de más peso y en el resto de horas atenderán a otros grupos de alumnos.
  • Pautas del tutor si tiene horas libres, cuando el grupo esté dando alguna hora con especialista:

                 - Da clases de otro tutor (ej: conocimiento de medio a otro grupo)
                 - Da apoyo.
                 - Hace una sustitución…

2. Tiempos escolares para el alumnado.

  • Se determina en los horarios. 
  • Antes había jornada partida, que esto quiere decir que las horas estaban repartidas entre horas por la mañana y horas por la tarde. Sin embargo, actualmente está instaurada la jornada continua. 
  • En función de las edades los horarios cambian, porque los ritmos de aprendizaje es distinto, el cansancio, las actividades… en función de estas variables se organizan los tiempos.
  • Lo mismo ocurre con las áreas, esto es por la concentración, ya que no es lo mismo impartir una clase de conocimiento del medio o matemáticas que una clase de plástica o educación física.
  • En función de todo lo dicho anteriormente se determinan los horarios. 
  • La ley también ayuda a esto, ya que, hay una serie de horas de cada materia que están dispuesta en la ley, que te dan las horas de cada clase en la semana.

Los horarios los podemos encontrar en el ANEXO IV del Decreto 68/2007



Por lo tanto, y como conclusión hemos visto la importancia que tienen los tiempos escolares en el aprendizaje del niño, su concentración y su distribución del trabajo. Además también hemos visto la importancia que tiene para el maestro el cual debe repartir sus horas según lo que le marque el horario escolar.

Finalmente y como curiosidad he puesto la relación de horas escolares correspondiente a las enseñanzas mínimas:

- Primer Ciclo

  • Ciencias de la Naturaleza: 140 h
  • Ciencias sociales, geografía e historia: 140 h
  • Educación física:70 h
  • Educación plástica y visual: 70 h
  • Lengua castellana y Literatura: 210 h
  • Lenguas extranjeras: 210 h
  • Matemáticas: 140 h
  • Música: 70 h
  • Tecnología: 125 h
  • Religión católica/actividades de estudio: 105 h

Segundo Ciclo:

  • Ciencias de la Naturaleza: 90 h
  • Ciencias sociales, geografía e historia: 160 h
  • Educación física: 70 h
  • Educación plástica y visual: 35 h
  • Lengua castellana y literatura: 240 h
  • Lenguas extranjeras: 240 h
  • Matemáticas: 160 h
  • Música: 35 h
  • Tecnología: 70 h
  • Religión católica / actividades de estudio: 105 h

Además, un total de 170 horas, en el segundo curso del ciclo, para dos áreas a elegir entre las cuatro siguientes: Ciencias de la Naturaleza, Educación plástica y visual, música y tecnología.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 4 de la LOGSE, las Comunidades Autónomas con lengua oficial distinta al castellano, dispondrán en relación con los horarios de las enseñanzas mínimas de las áreas de ámbito lingüístico, del 10% del horario escolar total que se deriva de este epígrafe, para la organización de las enseñanzas de la mencionada lengua propia. En todo caso, garantizarán una distribución proporcional de dicho porcentaje entre las diferentes áreas lingüísticas.

Y el horario escolar correspondiente a las enseñanzas mínimas para la educación primaria:

Primer Ciclo

  • Conocimiento del medio natural, social y cultural: 175 h
  • Educación artística: 140 h
  • Educación física: 140 h
  • Lengua castellana y literatura: 350 h
  • Matemáticas:175 h
  • Religión católica /actividades de estudio: 105 h

Cada uno de los otros dos ciclos:

  • Conocimiento del medio natural, social y cultural: 170 h
  • Educación artística: 105 h
  • Educación física: 105 h
  • Lengua castellana y literatura: 275 h
  • Lenguas extranjeras: 170 h
  • Matemáticas: 170 h
  • Religión católica /actividades de estudio: 105 h

Aquí también rige el artículo 4 de la LOGSE con respecto a las Comunidades Autónomas con lengua oficial distinta al castellano.

Las Administraciones educativas podrán adoptar el horario de las enseñanzas en el primer ciclo de la Educación Primaria para grupos de alumnos que participen en programas lingüísticos específicos, sin perjuicio del cumplimiento del número mínimo de horas señaladas para cada área en el conjunto de este nivel educativo.

Innovación Educativa

¿Qué es innovación educativa?

Cualquier innovación introduce novedades que provocan cambios; esos cambios pueden ser drásticos (se deja de hacer las cosas como se hacían antes para hacerlas de otra forma) o progresivos (se hacen de forma parecida pero introduciendo alguna novedad); en cualquier caso el cambio siempre mejora lo cambiado; es decir, la innovación sirve para mejorar algo.

La mejora puede ser reducir el esfuerzo; reducir el coste; aumentar la rapidez en obtener resultados; aumentar la calidad, satisfacer nuevas demandas, etc.  Para que estas innovaciones tengan éxito el coste de introducirlas debe ser asequible para los usuarios de dichas innovaciones.

Los cambios drásticos suelen llevar asociado un alto coste y únicamente se incorporan en situaciones límite o estratégicas; sin embargo los cambios progresivos suelen llevar asociado un bajo coste y son perfectamente asumibles.

Una forma de incorporar novedades que produzcan cambios progresivos consiste en incorporar nuevas tecnologías que han demostrado éxito en otros campos; en este sentido utilizar tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC) en distintos productos y servicios produce cambios que consideramos innovación, ya que mejoran el producto y el servicio y lo adaptan a nuevas demandas.

Llevando todo esto al proceso educativo y descartando que en un corto espacio de tiempo se produzca un cambio drástico; la innovación educativa introduciría novedades que mejorarían el proceso formativo; pero siempre con un coste asequible; la incorporación de las TIC podría producir esa innovación educativa.

Actualmente, desde el punto de vista social, el éxito de un proceso formativo para un alumno (y sus padres) es aprobar la asignatura, a más nota más éxito.

Por tanto, la innovación debe permitir obtener la misma nota que se obtenía sin innovación pero empleando menos esfuerzo; o bien dedicando el mismo esfuerzo pero obteniendo más nota. Desde el punto de vista del profesor, la nota refleja la adquisición de conocimientos, habilidades y capacidades de un alumno; por tanto la innovación para un profesor consistiría en que el alumno adquiriera conocimientos, habilidades y capacidades relacionados con la asignatura que imparte; y si además consigue que el alumno crea que es útil sería el éxito supremo.

Según parece, para conseguir todo eso hay un método que lo puede obtener denominado paradigma centrado en el aprendizaje (organización de los recursos pensando en el proceso de aprendizaje del alumno).
Bueno, pues ya tenemos la definición de innovación educativa (utilizando TIC): “novedad introducida en el proceso formativo que permite reducir el tiempo empleado por un alumno en aprobar una asignatura, a la vez que adquiere conocimientos, habilidades y capacidades a través de un paradigma basado en el aprendizaje, utilizando tecnologías de la información y las comunicaciones”.

Aquí dejo algunos artículos que me han parecido muy interesantes y aunque están adaptados a lo que es la enseñanza universitaria, pienso que son muy útiles e interesantes:


Por otra parte aquí dejo un blog, que contiene un artículo del  “I Congreso Internacional sobre Aprendizaje, Innovación y Competitividad (CINAIC 2011)” que pienso que es muy interesante verlos y no solo utilizar por tanto artículos de forma escrita, sino, de forma audiovisual, lo que dejaría este artículo con una innovación más.


Comisión de Coordinación Pedagógica

La Comisión de Coordinación Pedagógica es un órgano de coordinación didáctica encargado de velar por la coherencia en la ordenación de los aspectos de desarrollo del currículo en las diferentes etapas.

En ella se discuten principalmente aquellos asuntos relacionados con las actuaciones pedagógicas, el desarrollo de programas educativos y su valoración.

La composición y funciones de este órgano quedan determinadas en los Reglamentos Orgánicos y pueden ser concretadas en los proyectos educativos en desarrollo del principio de autonomía pedagógica.

Los miembros de la Comisión de Coordinación Pedagógica (C.C.P.) son:

  • Director
  • Jefe de Estudios y Jefa de Estudios Delegada para Vespertino
  • Jefes de Departamento
  • Coordinador para las Tecnologías de la Información y de la Comunicación
  • Secretario. Ejerce las funciones el Jefe de Departamento más joven.

Tiene las siguientes competencias:

  • Establecer las directrices generales para la elaboración y revisión de los proyectos curriculares de etapa.
  • Supervisar la elaboración y revisión, así como coordinar y responsabilizarse de la redacción de los proyectos curriculares de etapa y sus posibles modificaciones, asegurándose la coherencia con el proyecto educativo.
  • Elaborar la propuesta de organización de la orientación educativa y del plan de acción tutorial.
  • Elaborar la propuesta de criterios para realizar las adaptaciones curriculares de los alumnos.
  • Proponer al Claustro los proyectos curriculares de etapa para su aprobación.
  • Velar por el cumplimiento y posterior evaluación de los proyectos curriculares de etapa.
  • Proponer al Claustro la planificación general de las sesiones de evaluación, de acuerdo con la jefatura de estudios.
  • Proponer al Claustro el plan para evaluar el proyecto curricular de cada etapa, los aspectos docentes del proyecto educativo y la programación general anual, la evaluación del aprendizaje y el proceso de enseñanza.
  • Fomentar la evaluación de todas las actividades y proyecto del Centro, colaborar con las evaluaciones que se lleven a cabo a iniciativa de los órganos de gobierno o de la administración educativa, e impulsar planes de mejora.

(Artículo 54 del R. D. 83/96 de 26 de enero de 1996)

En la clase del día 22 de Noviembre estuvimos trabajando en un nuevo simulacro de Comisión de Coordinación Pedagógica, donde unos cuantos alumnos y alumnas de la clase salieron voluntarios para hacer este nuevo simulacro.

En este caso,  el tema que se abordo en el simulacro fue la atención a la diversidad  aunque la atención de la reunión más bien se centró en cómo se iba a organizar el trabajo y en mi opinión se debería haber hablado más sobre los métodos a utilizar con los alumnos, lo que se quería hacer…

Sin embargo y aún con esa crítica, pienso que esta reunión estuvo mucho más organizada que la anterior y por lo tanto fue más satisfactoria a la hora de observar el proceso que se lleva a cabo en este tipo de reuniones.

Por ello pienso que la clase fue de mucho provecho, al igual que la anterior, ya no solo para adentrarnos un poco más en el mundo de las reuniones escolares, sino también para ponernos un poco más en el lugar de los profesores y para resaltar la importancia que cada uno de ellos tiene en un centro escolar.

Simulacro Claustro de Profesores

El día 15 de Noviembre en la clase de Gestión e Innovación en los Contextos Escolares hicimos un simulacro de Claustro de Profesores, en esta entrada voy a explicar cómo se llevó a cabo este simulacro, mis reflexiones y las cuestiones que se trataron en este simulacro.

Para empezar la clase se dividió en dos grandes grupos. Uno de estos grupos se quedó en la clase en la que habitualmente impartíamos clase con el profesor que distribuye la asignatura, mientras que el otro grupo (donde yo me encontraba) nos fuimos a otra clase con una profesora que había sido invitada a clase.

Una vez distribuidos en las dos clases, se nos repartieron los papeles que jugaríamos en el simulacro.
Estas diversas funciones fueron repartidas de la siguiente manera:

-  Un equipo directivo, donde encontramos:

  • Una directora
  • Una jefa de estudios
  • Una secretaria

Este equipo de tres chicas fue el que dirigió toda la práctica, coordinando y proponiendo cuestiones a lo largo del simulacro.

- Un tutor/a de cada curso de la Etapa de Educación Primaria, en el cual yo desempeñé el cargo de tutora del curso de 4º de Primaria.

- Un tutor/a de cada curso de la Etapa de Educación Infantil.

- Profesores de las distintas especialidades:

  • Música.
  • Educación Física.
  • Religión.
  • Inglés.

- Un equipo de orientación pedagógica, donde se encontraban:

  • Un PT (Pedagogo terapéutico)
  • Un maestro de audición y lenguaje
  • Un  orientador.

- Observadores, su función era la de prestar atención a los diferentes procesos presentados durante el claustro y dar su opinión puramente objetiva de cómo habían visto que se había llevado a cabo el proceso.

Con todas las funciones repartidas entre los miembros de la clase dio comienzo el claustro.

Debo resaltar ante todo que sin la ayuda y dirección de la profesora invitada no hubiéramos sido capaces de llevar a cabo la práctica, puesto que aún somos novatos en esto de hacer claustros.

Y otra cosa es que aunque divididos en dos clases estábamos muchos y por lo tanto hubo algunos tutores dobles de curso (por ejemplo, dos tutores de primero, dos tutores de cuarto...)

Sin más que decir en cuanto a aclaraciones voy a explicar el proceso que seguimos al hacer el claustro.

En primera instancia, la directora explicó el objetivo principal del Claustro el cual era que el centro se iniciara en un Proyecto de Innovación.

Todo el mundo en el claustro estuvo de acuerdo con el proyecto por lo cual se aprobó, y a partir de ahí lo que hicimos fue proponer como llevar a cabo el proyecto de innovación, sobre qué y cómo…

Para hacer el trabajo decidimos que nos dividiríamos por ciclos y luego en google docs se crearía un documento donde todos los profesores dentro del ciclo podrían participar y aportar ideas, cuando se tuviera el proyecto de ese ciclo se llevaría a uno más grande donde estarían los proyectos hechos por los demás profesores del centro.

Finalmente se haría una reunión después de haber juntado todos los proyectos del centro en uno más grande y se aprobaría y se harían retoques  si fueran necesarios.

Los observadores dieron su visto bueno al finalizar el claustro, aunque hubo una queja en común en los observadores que fue que había poca participación en el claustro.

Para terminar y como opinión personal, decir que me sirvió de mucho dicha práctica pues al menos ya sé cómo se lleva a  cabo un claustro de profesores, ya que nunca había participado en uno antes. Pienso que la clase resultó muy útil ya que pudimos  ponernos en el lugar del profesorado por primera vez y ver cómo serán las cosas cuando nos toque hacerlas a nosotros.

El claustro de profesores y la innovación metodológica


El Claustro de profesores como ya hemos dicho en entradas anteriores es el órgano de participación de todos los profesores que prestan servicios docentes en el centro donde se encuentren.

Podemos considerarlo como un órgano técnico-pedagógico en el cual se planifica, coordina, decide, informa y evalúa sobre todas las actividades educativas que se realizan dentro del centro educativo, como función principal la de enseñar a todos los discentes incorporados en el centro.

El Equipo directivo es el encargado de convocar el Claustro de profesorado haciéndolo por escrito incluyendo en la orden del día los asuntos que se tratarán en la posterior reunión.

El Director del centro será el encargado de convocar y presidir toda reunión del centro, en especial la del Claustro de profesorado.

El Claustro de profesores en su función de definición del enfoque curricular del colegio tendrá las siguientes funciones:

  • Formular al equipo directivo propuestas para la elaboración de la programación general anual. así como evaluar su aplicación.
  • Formular propuestas al Consejo Escolar para la elaboración del proyecto educativo e informar, antes de su aprobación, de los aspectos relativos a la organización y planificación docente.
  • Informar el proyecto de reglamento de régimen interior del centro.
  • Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación y de la investigación pedagógica y en la formación del profesorado del centro.
  • Elegir sus representantes en el Consejo Escolar del centro y en la Comisión de selección de Director
  • Coordinar las funciones referentes a la orientación, tutoría, evaluación y recuperación de los alumnos.
  • Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de la evaluación que del centro realice la Administración educativa, así como cualquier otro informe referente a la marcha del mismo.
  • Ser informado por el Director de la aplicación del régimen disciplinario del centro.
  • Ser informado de la propuesta a la Administración educativa del nombramiento y cese de los miembros del equipo directivo.
  • Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro.
  • Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa.

Por otra parte si nos centramos en la innovación metodológica, empezaré hablando acerca de las metodologías, las cuales Las suelen girar alrededor de las teorías del aprendizaje (basadas en la psicopedagogía) como son el conductismo, cognitivismo, constructivismo y últimamente el conectivismo. Cada paradigma tiene sus procesos, actividades y métodos de actuación.

Por tanto, las metodologías educativas utilizadas habitualmente son las que utilizamos de forma mayoritaria en la formación educativa. Son:

  • Clases magistrales. Es un método de enseñanza centrado básicamente en el docente y en la transmisión de unos conocimientos. Se trata principalmente de una exposición continua de un conferenciante. Los alumnos, por lo general, no hacen otra cosa que escuchar y tomar notas, aunque suelen tener la oportunidad de preguntar. Los recursos utilizados en este método bastan con una tiza y una pizarra, aunque también se utilizan presentaciones por ordenador, videos y la pizarra electrónica, aunque esto sería más en plan innovación tecnológica de los últimos tiempos.
  • Clases prácticas. La mayoría de las veces es una clase teórica; pero en lugar de transmitir conceptos abstractos se resuelve un problema; es decir, desde el punto de vista metodológico es idéntica a las clases magistrales.
  • Clases de Laboratorio. Se suelen utilizar en materias más técnicas y los alumnos manejan dispositivos donde se comprueba la validez de las teorías. Desde el punto de vista metodológico requiere la adquisición de determinadas habilidades prácticas.
  • Tutorías. Se suelen utilizar las tutorías denominadas reactivas (el profesor responde a una demanda de información del alumno); es un instrumento muy potente, pero desgraciadamente poco y mal utilizado.
  • Evaluación. Se suele utilizar la modalidad de evaluación sumativa (la utilizada para evaluar los conocimientos adquiridos) y obtener una calificación. Aunque también se podría usar la evaluación continua, es decir, ir sumando las calificaciones obtenidas a lo largo del período escolar, ya sea con trabajos, presencia en clase, comportamiento, exámenes…
  • Planificación. Se suele hacer al inicio del curso, básicamente son guías donde el alumno puede conocer con antelación los objetivos de la asignatura, el programa, el método de evaluación, la carga docente, actividades, condiciones, ….
  • Trabajos individuales y en grupo. Son trabajos que el profesor define el tema y alcance; los alumnos lo hacen por su cuenta y una vez finalizado se le presenta al profesor.


Ahora nos podríamos plantear la pregunta, ¿Cómo puede ayudar la innovación educativa a estas metodologías?


Citando un artículo que he leído que me ha gustado mucho “la mayoría de las personas aplican innovación educativa para sustituir estas metodologías; sin embargo, la innovación educativa se debe utilizar PARA MEJORARLAS NO PARA SUSTITUIRLAS, por ejemplo, si el objetivo de la clase magistral es transmitir unos conceptos  para que los alumnos los asimilen, la innovación educativa debe ayudar a transmitir esos conceptos y a que los alumnos los adquieran con  menos esfuerzo.


En este caso la innovación educativa produce un cambio, no metodológico pero sí de eficacia.


Cierto es que hay una serie de metodologías, que cualquier docente conoce, pero que normalmente no se aplican porque el esfuerzo que requieren es muy alto. Suelen estar relacionadas con los paradigmas basados en el aprendizaje:

  • Evaluación diagnóstica. Es la evaluación que se realiza para conocer las condiciones de las que parte cada alumno. No hace falta comentar que es muy eficaz, ya que permite conocer lo que el alumno sabe, lo que no sabe y lo que cree saber.
  • Evaluación formativa. Se emplea para ayudar al alumno con su proceso de formación; se trata de comprobar el aprendizaje para, en caso de que no vaya como debiera, tomar acciones correctoras.
  • Planificación personalizada. Es una asignación de recursos en el tiempo para que el alumno alcance los objetivos formativos. Se suele planificar en función del estilo de aprendizaje de cada alumno.
  • Trabajos individuales y grupales. Son trabajos en los que el profesor participa como miembro del equipo de trabajo. Básicamente hace unas veces de director (las menos) y otras de asesor del grupo.”


Las innovaciones más fáciles de conseguir son las que afectan a las metodologías que más se utilizan y pienso que es un buen comienzo, ya que no requieren que se cambie el planteamiento de las asignaturas;  sobre este tipo de innovaciones es fácil realizar “políticas educativas”.

Las innovaciones sobre las metodologías poco utilizadas pero conocidas, requieren unas herramientas tecnológicas concretas; por tanto hay que formar al profesorado en habilidades.

Por último dejo una viñeta que me ha gustado mucho y que creo que refleja bastante bien la actitud de los profesores hoy en día ante la innovación metodológica:

jueves, 29 de diciembre de 2011

El Proyecto Educativo de Centro (P.E.C.)

El Proyecto Educativo de Centro (PEC) define las finalidades de la Comunidad Educativa en cuanto al tipo de persona que queremos formar (valores, principios de identidad, pautas de conducta, etc.). En él se recogen los planteamientos educativos de carácter general: los principios de identidad, los objetivos institucionales y el organigrama general.

El PEC como conjunto coherente de declaraciones destinadas a dirigir un proceso de intervención educativa, habrá de combinar los planteamientos generales que orientan la acción con los planteamientos específicos que facilitan la intervención y su evolución. No se trata de elaborar un compendio pormenorizado, sino una escueta y clara delimitación de los fines que se persiguen, estableciendo el "carácter propio" que confiere personalidad característica al centro. Ha de ser un documento que ayuda a establecer prioridades, que se han de operativizar en el plan anual y en las programaciones de la actividad docente, de modo que lleguen a los alumnos y puedan evaluarse. Nunca se puede concebir como un compromiso acabado e inalterable. En definitiva es el documento que da unidad de criterios a la actuación de la organización escolar. 

Por lo tanto ¿Qué hace el P.E.C.?

Define el estilo educativo.
Posibilita reflexión a la Comunidad Escolar.
Recoge ilusiones e intereses de la Comunidad Escolar.
Determina valores.
Unifica criterios (coherencia funcional).
Orienta todos los planteamientos institucionales.

La siguiente pregunta que nos podríamos plantear sería  ¿Qué importancia tiene este "Proyecto Educativo de Centro"? 


Esta pregunta la podremos responder fácilmente con el siguiente diagrama:


En el cual nos explica básicamente que el proyecto educativo de centro contiene el ideario del centro, así como su contextualización y las características de sus alumnos.

Aparte de ello está basado en la PGA y en el PCC.

Otra pregunta que nos podríamos hacer es ¿cuál es el contenido del PEC?

1) Variables contextuales: el PEC debe de tener reflejado un análisis de la realidad sociocultural del barrio, del pueblo o aldea y sus implicaciones en las demandas específicas educativas del tipo de alumno, padres, familias y entorno en general. Sin detectar esas necesidades reales basadas en los problemas, necesidades, motivaciones y expectativas vitales respecto a la educación, el profesorado será difícil que pueda sintonizar en su trabajo diario con el entorno y los alumnos. Su conexión con el contexto, entendido como el conjunto de elementos condicionantes, potenciadores o limitadores de la organización escolar, es evidente, pero no forma parte del PEC, sino que es un elemento previo que le acota y que permite diferenciar, en una primera instancia, los centros y sus actuaciones.

2) Planteamiento ideológico o principios de identidad: el PEC debe posicionarse también respecto a una concepción antropológica y socio-política y en relación a las necesidades detectadas y a la realidad en la que está ubicada esta comunidad. Estas se deben explicitar a través de una serie de principios y prioridades que orienten la definición de los planes pedagógicos, de convivencia y de organización. Estos principios son los que orientan el modelo antropológico que queremos formar y deben tenerse en cuenta en cualquier planteamiento de elaboración de los planes institucionales, sobre todo, el PCC. Estos principios/notas de identidad, como plantea Gairín (1995, 72) hacen referencia a:

  • la definición institucional (confesionalidad/aconfesionalidad/laicismo; nivel de relación con el entorno; pluralismo, etc.)
  • al estilo de formación (coeducación, integración, educación como formación integral, espíritu crítico, etc.)
  • a las dimensiones educables (educación corporal, intelectual, social, afectiva, estética, moral, etc.)
  • al estilo de enseñanza-aprendizaje (lengua de aprendizaje, relación entre teoría-práctica, tipo de metodología, incorporación de las nuevas tecnologías, disciplina, etc.) 
  • y al modelo de gestión institucional (gestión participativa, dirección colegiada, fomento asociacionismo, etc.). 

3) Concepción pedagógica: el PEC en función de las necesidades y demandas detectadas y de las prioridades para su satisfacción deberá definir los principios de cómo se van a conseguir estas prioridades y satisfacer las necesidades detectadas. Estos principios deberán servir para seleccionar metodologías y recursos del PCC y, sobre todo, las necesidades para elaborar el Plan General Anual, que permita y potencie este tipo de metodologías y principios frente a otra serie de actividades y metodologías. Esta concepción pedagógica se refleja en los denominados objetivos, que han de ser "viables, claros y unívocos en su formulación y permitir la evaluación formativa procesual" (Gairín, 1995, 74). Si las finalidades educativas son algo más amplias y generales que los objetivos, son éstos los que asumen un cierto carácter finalista (frente a la tendencial de los anteriores) y una mayor dimensión técnica (frente a la ideológica).

4) Modelo organizativo-estructural: el PEC debe reflejar, en coherencia con estos principios y prioridades filosóficas y pedagógicos, la forma de organización que vamos a adoptar para conseguirlo (sobre todo las funciones y el funcionamiento de los órganos colegiados y los cargos unipersonales) y el sistema de normas que faciliten la convivencia y las relaciones que se van a generar, puesto que a partir de esta situación se van a crear actitudes y, sobre todo, el tipo de clima y cultura de un centro, en el cual va a ser más fácil o difícil llevar a cabo el resto de los planteamientos. Estos principios deben regir el RRI, como base de la cultura de un centro y de su sistema relacional y de convivencia, además de su organización, a través de las estructuras, que potencie y posibilite el desarrollo de diferentes actividades que consigan los principios y prioridades que satisfagan las necesidades y demandas detectadas.

Un criterio clave de validación del PEC será la coherencia, concreción y viabilidad para poder llevar a cabo sus planteamientos, a través de los otros documentos y de la dinámica que se cree para la organización de un centro y su desarrollo. 

Finalmente podríamos plantear: ¿Cuáles son las características principales del Proyecto Educativo?

- Entrada en vigor: El presente Proyecto Educativo entrará en vigor en el momento de su aprobación por el Consejo Escolar del Centro; y su implicación se extenderá a todos los miembros de su Comunidad Escolar.
- Revisión y evaluación: La revisión y evaluación de este Proyecto Educativo se llevará a cabo al finalizar cada curso escolar, momento en que se elaborará un informe sobre el mismo, el cual se incluirá en la Memoria Final de cada año.
- Modificación: Para la modificación del presente Proyecto Educativo, se tendrán en cuenta los informes elaborados para la Memoria Final del curso escolar. Cualquier modificación deberá ser aprobada por el Consejo Escolar del Centro.

Como opinión personal y finalizando este articulo decir que es preciso elaborar un buen Proyecto Educativo de Centro, ya no solo porque la ley obliga a ese buen trabajo si no por darle al centro esa exclusividad idearia y por todo lo hablado antes que es necesario para un centro.

Para terminar dejo un proyecto educativo de la Escuela Infantil “El Tomillar” que me ha parecido muy interesante y bien redactado:

Estilos de liderazgo escolar



El liderazgo escolar es uno de los factores claves para el desarrollo de una educación de calidad. En la actividad escolar, el rol del profesor implica el ejercicio de un liderazgo, en la medida que como educador puede generar cambios en su interacción con su grupo de alumnos, padres de familia, colegas o con miembros de su comunidad. Allí la importancia de trabajar este concepto con los propios profesores y en los mismos ámbitos escolares.

Por lo tanto, el liderazgo es esencialmente la capacidad de conformar las actitudes y el comportamiento de otros, trátese de situaciones formales o informales. El liderazgo es el ejercicio del poder sobre una persona o un grupo, hacia el logro de objetivos organizacionales, en un proceso y dentro de un marco situacional cambiante.

Teniendo en consideración que la estructura social influye en el tipo de liderazgo, ya que, en el proceso de socialización, las sociedades tienden a producir el tipo de hombre que requieren para autoperpetuarse, como por ejemplo, una estructura social autoritaria tiende a promover en su seno el florecimiento de formas autoritarias de liderazgo. También podemos constatar que un líder puede asumir, en diversas ocasiones, distintos estilos de conducción de grupos, dependiendo de quién toma las decisiones. De este modo podemos hablar de un:

a) Liderazgo Autoritario. Se caracteriza porque:

  • El líder determina toda política.
  • La Autoridad dicta una a una las técnicas y los pasos a seguir.
  • El líder dicta a cada miembro la tarea y sus compañeros de trabajo.
  • El líder tiende a ser personal al elogiar y criticar el trabajo de cada miembro, pero se mantiene alejado de toda participación de grupo activa, excepto en las manifestaciones.

b) Liderazgo Democrático. Se caracteriza porque:

  • Toda política queda a discusión y decisión del grupo, animado y apoyado por el líder.
  • Se gana perspectiva de actividad durante el período de discusión. Se esbozan los pasos generales hacia la meta de grupo y cuando se necesita consejo técnico, el líder sugiere dos o más procedimientos alternativos de dónde elegir.
  • Los miembros pueden trabajar con quien lo deseen, y se deja al grupo dividir las tareas.
  • Al elogiar o criticar, el líder es "objetivo" o "justo", y trata de ser un miembro regular del grupo en su espíritu, sin realizar demasiado trabajo.

c) Líder Socio-emocional.

  • A decir de Cartwright y Zander, posee la capacidad y los recursos necesarios para que los otros se sientan a gusto y satisfechos de pertenecer al grupo.

d) Líder de Opiniones.

  • Es el líder que en el grupo informal influye sobre las creencias y actitudes de otros.

Tal vez ésta ha sido la categorización más tradicional, que sobre los estilos y tipos de liderazgo se han escrito.

El eterno dilema del líder es: cuándo comportarse según uno de estos estilos; cuándo ser "bueno" y cuando ser "fuerte", es decir: en qué momento aplicar la "mano dura" y cuándo la "mano blanda"

Por eso es mi opinión que en la dirección de un centro es totalmente NECESARIO, la utilización de todos y cada uno de los estilos de liderazgo, ya que, con el uso de uno solo de los estilos de liderazgo el proceso tanto de educación como de trabajo incluso de convivencia se estancaría lo que llevaría a un rotundo fracaso.

Un buen director es aquel que sabría comportarse en cada situación aplicando el estilo de liderazgo más apropiado para cada momento.

Por lo tanto y como conclusión, no caigo en elegir ninguno de los estilos de dirección si no tal vez en uno nuevo, que sea la mezcla de cada uno de los estilos citados anteriormente con su aplicación práctica en el contexto que se necesite particularmente alguno de ellos.

martes, 27 de diciembre de 2011

El equipo directivo

Como ya hemos dicho anteriormente el equipo directivo es un órgano unipersonal que asesora al Director y coordina el desarrollo del Plan Anual del Centro. Cada uno de los componentes de este Equipo tiene unas funciones muy específicas y diferenciadas en el desarrollo de la vida del Centro.

Éste está compuesto por el director, jefe de estudios y secretario.

En este artículo analizaremos las funciones de los diferentes componentes del equipo directivo.

¿Cuáles son las funciones del director?

  • Ostentar la representación del centro, sin perjuicio de las atribuciones de las demás autoridades educativas.
  • Dirigir y coordinar todas las actividades del centro hacia la consecución del proyecto educativo del mismo de acuerdo con las disposiciones vigentes y sin perjuicio de las competencias atribuidas al Claustro y al Consejo Escolar del centro.
  • Dirigir y promover un desarrollo eficaz de las funciones encomendadas al equipo directivo en el artículo anterior.
  • Garantizar el cumplimiento de las Leyes y demás disposiciones vigentes.
  • Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al centro y adoptar las resoluciones disciplinarias que correspondan de acuerdo con las normas aplicables.
  • Colaborar con los órganos de la Consejería competente en materia de educación en todo lo relativo al logro de los objetivos educativos, formar parte de los órganos consultivos que se establezcan al efecto y proporcionar la información y documentación que le sea requerida por la Consejería competente en materia de educación.
  • Proponer a la Administración Educativa el nombramiento y cese del resto de miembros del equipo directivo, previa información al Claustro y al Consejo Escolar, así como designar y cesar a los titulares de los órganos de coordinación docente y tutorial, de acuerdo con el procedimiento que se establezca en los correspondientes reglamentos orgánicos de los centros.
  • Favorecer la aplicación de medidas que contribuyan a mejorar la convivencia en el centro, resolver los conflictos e imponer las medidas disciplinarias que correspondan al alumnado de acuerdo con lo que reglamentariamente establezca la Consejería competente en materia de educación y con los criterios que se establezcan en el reglamento de régimen interior del centro.
  • Convocar y presidir los actos académicos y las sesiones de los órganos de participación en el control y gestión del centro y de otros órganos, cuando así se establezca reglamentariamente, y ejecutar los acuerdos adoptados en el ámbito de sus competencias.
  • Realizar las contrataciones de obras, servicios y suministros, así como autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto del centro y ordenar los pagos, todo ello de acuerdo con lo que establezca las disposiciones vigentes y la Consejería competente en materia de educación.
  • Visar las certificaciones y documentos oficiales del centro.
  • Impulsar procesos de evaluación interna del centro, colaborar en las evaluaciones externas y promover planes de mejora de la calidad del centro, así como proyectos de innovación e investigación educativa.
  • Cualquier otra función que le sea encomendada en los correspondientes reglamentos orgánicos y disposiciones vigentes.

 ¿Cuáles son las funciones del Jefe de Estudios?

  • Participar coordinadamente junto con el resto del equipo directivo en el desarrollo de las funciones señaladas en el artículo cuatro.
  • Coordinar, de conformidad con las instrucciones de la Dirección, las actividades de carácter académico, de orientación y tutoría, extraescolares y complementarias del profesorado y del alumnado en relación con el proyecto educativo, las programaciones didácticas y la programación general anual y velar por su ejecución.
  • Coordinar las actuaciones de los órganos de coordinación didáctica y de los órganos competentes en materia de orientación académica y profesional y acción tutorial que se establezcan en los reglamentos orgánicos de los centros.
  • Coordinar, con la colaboración del representante del centro correspondiente del profesorado y recursos que haya sido elegido por el Claustro, las actividades de perfeccionamiento del profesorado, así como planificar y coordinar las actividades de formación y los proyectos que se realicen en el centro.
  • Ejercer, de conformidad con las instrucciones de la Dirección, la jefatura del personal docente en todo lo relativo al régimen académico.
  • Elaborar, en colaboración con el resto de miembros del equipo directivo, los horarios académicos del alumnado y del profesorado, de acuerdo con los criterios pedagógicos y organizativos incluidos en la programación general anual, así como velar por su estricto cumplimiento.
  • Coordinar la utilización de espacios, medios y materiales didácticos de uso común para el desarrollo de las actividades de carácter académico, de acuerdo con lo establecido en el proyecto educativo y en la programación general anual.
  • Cualquier otra función que le pueda ser encomendada por el titular de la Dirección dentro de su ámbito de competencias o por los correspondientes reglamentos orgánicos y disposiciones vigentes.

¿Cuáles son las funciones del secretario?

  • Participar coordinadamente junto con el resto del equipo directivo en el desarrollo de las funciones señaladas para el Equipo Directivo.
  • Ordenar el régimen administrativo y económico del centro, de conformidad con las instrucciones de la Dirección, elaborar el anteproyecto de presupuesto del centro educativo, realizar la contabilidad y rendir cuentas ante las autoridades correspondientes.
  • Ejercer, de conformidad con las instrucciones de la Dirección y bajo su autoridad, la jefatura del personal de administración y servicios adscrito al centro, y aplicar, en su caso, las medidas disciplinarias que correspondan.
  • Actuar como secretario o secretaria de los órganos de participación en el control y gestión del centro, levantar acta de las sesiones y dar fe de los acuerdos adoptados con el visto bueno del titular de la Dirección.
  • Custodiar las actas, libros y archivos del centro docente y expedir, con el visto bueno del titular de la Dirección, las certificaciones que soliciten las autoridades y los interesados e interesadas.
  • Realizar el inventario general del centro y mantenerlo actualizado y velar por el mantenimiento y conservación de las instalaciones y equipamiento escolar de acuerdo con las indicaciones del titular de la Dirección.
  • Cualquier otra función que le pueda ser encomendada por el titular de la Dirección dentro de su ámbito de competencias o por los correspondientes reglamentos orgánicos y disposiciones vigentes.

Ahora entonces nos viene a la cabeza, ¿qué características que debería tener un buen director?



Para ser un buen director se necesitan una serie de cualidades en la persona que quiera ser director:

Liderazgo:
- El director y equipo directivo ejerce en liderazgo y administran el cambio al interior de la escuela.
- Comunican sus puntos de vista con claridad y entienden las perspectivas de otros.
- Aseguran la existencia de información útil para la toma de decisiones oportuna y la consecución de resultados educativos.
- Son capaces de administrar conflictos y resolver problemas.
- Difunden el proyecto educativo y aseguran la participación de los principales actores de la comunidad educativa en su desarrollo.


Gestión Curricular:
- El director y equipo directivo conocen los marcos curriculares de los respectivos niveles educativos, el Marco de la Buena Enseñanza y los mecanismos para su evaluación.
- Organizan eficientemente los tiempos para la implementación curricular en el aula.
- Establecen mecanismos para asegurar la calidad de las estrategias didácticas en el aula.
- Aseguran la existencia de mecanismos de monitoreo y evaluación d ella implementación curricular y de los recursos de aprendizaje en coherencia con el Proyecto Educativo Institucional.

Gestión de Recursos:
- El director y equipo directivo administras y organizan los recursos del establecimiento en función de su proyecto educativo institucional y de los resultados de aprendizaje de los estudiantes.
- Desarrollan iniciativas para la obtención de recursos adicionales, tanto del entorno directivo como de otras fuentes de financiamiento, orientados a la consecución de los resultados educativos e institucionales.
- Motivan, apoyan y administran el personal para aumentar la efectividad del establecimiento educativo.
- Generan condiciones institucionales apropiadas para el reclutamiento, selección, evaluación y desarrollo del personal del establecimiento.

Gestión del clima Organizacional y Convivencia:
- El director y equipo directivo promueven los valores institucionales y un clima de confianza y colaboración en el establecimiento para el logro de sus metas.
- Promueven un clima de colaboración entre el establecimiento educativo, los estudiantes y los padres.
- Garantizan la articulación de la definición del proyecto educativo institucional con características del entorno.
- Se relacionan con instituciones de su comunidad, para potenciar el proyecto educativo institucional y los resultados de aprendizaje de los estudiantes, generando redes de apoyo pertinentes.
- Informan a la comunidad y sostenedor los logros y necesidades del establecimiento.

Por todos estos puntos vemos que no es fácil ser director, pero en mi opinión creo que ser director de colegio, si realmente te gusta, trae muchas más ventajas que inconvenientes y da muchas más recompensas.

Artículos interesantes para leer:


Órganos de gobierno en los centros públicos

La vida organizativa y el funcionamiento del Centro está regulada por el Reglamento Orgánico de las Escuelas de Educación Infantil y Educación Primaria (Real Decreto 82/1996, de 26 de enero), en el cual se encuentran detallados los órganos de gobierno que son:

-  Los órganos colegiados. 



Pero como nos centramos en los centros de primaria, los órganos colegiados son el consejo escolar, el claustro de profesores y los equipos de ciclo. Y en Colegios de Educación Primaria con seis o más unidades el equipo de actividades complementarias y extraescolares, la comisión de coordinación pedagógica y el equipo de normalización lingüística.

 -  Los órganos unipersonales.



Pero como también solo nos centraremos en la etapa Primaria, está formado por el Director, el Jefe de Estudios y el Secretario.

La actuación de los órganos de gobierno de los centros públicos, como ya hemos dicho formados por los órganos colegiados y los órganos unipersonales, se podrán centrar en estas dos cuestiones:

Velarán por el desarrollo de las actividades de acuerdo con los principios y valores de la Constitución, por la efectiva realización de los fines de la educación, establecidos en las leyes y en las disposiciones vigentes, y por la calidad de la enseñanza.
También garantizarán, en el ámbito de su competencia, el ejercicio de los derechos reconocidos a los alumnos, profesores, padres de alumnos y personal de administración y servicios y velarán por el cumplimiento de los deberes correspondientes. Asimismo, favorecerán la participación efectiva de todos los miembros de la Comunidad Educativa en la vida del centro, en su gestión y en su evaluación.

Funciones y  composición de los órganos de gobierno

Los órganos colegiados de gobierno


Los Órganos Colegiados del Centro se reúnen previa convocatoria establecida en un orden del día que tendrá en cuenta las peticiones de los demás miembros formuladas con la suficiente antelación. La proporción de asistentes para válida constitución del órgano colegiado será el de la mayoría absoluta de sus componentes. En estos órganos se debate y se sacan conclusiones para la mejora de la vida del Centro.

  1. El claustro de profesores


El Claustro de profesores es el órgano de participación de todos los profesores que prestan servicios docentes en el centro donde se encuentren.

Podemos considerarlo como un órgano técnico-pedagógico en el cual se planifica, coordina, decide, informa y evalúa sobre todas las actividades educativas que se realizan dentro del centro educativo, como función principal la de enseñar a todos los discentes incorporados en el centro.

El Equipo directivo es el encargado de convocar el Claustro de profesorado haciéndolo por escrito incluyendo en la orden del día los asuntos que se tratarán en la posterior reunión.

El Director del centro será el encargado de convocar y presidir toda reunión del centro, en especial la del Claustro de profesorado.

El Claustro de profesores tendrá las siguientes funciones:

  • Formular al equipo directivo propuestas para la elaboración de la programación general anual. así como evaluar su aplicación.
  • Formular propuestas al Consejo Escolar para la elaboración del proyecto educativo e informar, antes de su aprobación, de los aspectos relativos a la organización y planificación docente.
  • Informar el proyecto de reglamento de régimen interior del centro.
  • Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación y de la investigación pedagógica y en la formación del profesorado del centro.
  • Elegir sus representantes en el Consejo Escolar del centro y en la Comisión de selección de Director
  • Coordinar las funciones referentes a la orientación, tutoría, evaluación y recuperación de los alumnos.
  • Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de la evaluación que del centro realice la Administración educativa, así como cualquier otro informe referente a la marcha del mismo.
  • Ser informado por el Director de la aplicación del régimen disciplinario del centro.
  • Ser informado de la propuesta a la Administración educativa del nombramiento y cese de los miembros del equipo directivo.
  • Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro.
  • Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa.

   2. El consejo escolar




En el caso de los colegios públicos, cada una de las comunidades autónomas determina el número de miembros total que debe tener y regula el proceso de elección de los mismos, ajustándose a las directrices que establece la LOE sobre su composición:

  • El director del centro, que ejercerá de Presidente.
  • El jefe de estudios del centro.
  • Un Concejal o representante del Ayuntamiento.
  • Un número de profesores que no podrá ser inferior a un tercio de los componentes del Consejo.
  • Un número de padres y alumnos que no podrá ser inferior a un tercio del Consejo. Entre los padres del Consejo, uno de ellos debe ser designado por la asociación de padres más representativa del centro, y los alumnos pueden ser elegidos para el Consejo a partir de 1º de ESO.
  • Un representante del personal de administración y servicios del centro.
  • El secretario del centro, que tendrá voz pero no voto.

El consejo escolar tendrá las siguientes funciones:

  • Formular propuestas al equipo directivo sobre la programación anual del centro y aprobar el proyecto educativo sin perjuicio de las competencias del Claustro de profesores. en relación con la planificación y organización docente.
  • Elaborar informes. a petición de la Administración competente, sobre el funcionamiento del centro y sobre aquellos otros aspectos relacionados con la actividad del mismo.
  • Participar en el proceso de admisión de alumnos y velar para que se realice con sujeción a lo establecido en esta Ley y disposiciones que la desarrollen.
  • Aprobar el reglamento de régimen interior del centro.
  • Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y la imposición de sanciones y velar por que éstas se atengan a la normativa vigente.
  • Aprobar el proyecto de presupuesto del centro y su liquidación.
  • Promover la conservación y renovación de las instalaciones y equipo escolar.
  • Proponer las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con otros centros, entidades y organismos.
  • Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de la evaluación que del centro realice la Administración educativa.
  • Ser informado de la propuesta a la Administración educativa del nombramiento y cese de los miembros del equipo directivo.
  • Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro.
  • Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa.


Los órganos unipersonales




Estos Órganos Unipersonales forman el Equipo Directivo. Este Equipo asesora al Director y coordina el desarrollo del Plan Anual del Centro. Cada uno de los componentes de este Equipo tiene unas funciones muy específicas y diferenciadas en el desarrollo de la vida del Centro.

Éste está compuesto por el director, jefe de estudios y secretario.

Funciones del equipo directivo:

  • Velar por el buen funcionamiento del centro y por la coordinación de los procesos de enseñanza y aprendizaje sin perjuicio de las competencias atribuidas al Claustro, al Consejo Escolar y a otros órganos de coordinación didáctica del centro.
  • Estudiar y presentar al Claustro y al Consejo Escolar propuestas para facilitar y fomentar la participación coordinada de toda la comunidad educativa en la vida del centro.
  • Elaborar y actualizar el proyecto educativo del centro, el Reglamento de Régimen Interno y la Programación General Anual, teniendo en cuenta las propuestas formuladas por el Consejo Escolar y por el Claustro.
  • Gestionar los recursos humanos y materiales del centro a través de una adecuada organización y funcionamiento del mismo.
  • Proponer a la comunidad escolar actuaciones que favorezcan las relaciones entre los distintos colectivos que la integran, mejoren la convivencia en el centro y fomenten un clima escolar que favorezca el estudio y la formación integral del alumnado.
  • Impulsar y fomentar la participación del centro en proyectos europeos, en proyectos de innovación y desarrollo de la calidad y equidad educativa, en proyectos de formación en centros y de perfeccionamiento de la acción docente del profesorado, y en proyectos de uso integrado de las tecnologías de la información y la comunicación en la enseñanza.
  • Potenciar e impulsar la colaboración con las familias y con las instituciones y organismos que faciliten la relación del centro con el entorno.
  • Proponer procedimientos de evaluación de las distintas actividades y proyectos del centro y elaborar la memoria final de curso, teniendo en cuenta las valoraciones que efectúen el Claustro y el Consejo Escolar sobre el funcionamiento del centro y el desarrollo de la programación general anual.
Estas funciones serían generales, luego cada uno de los componentes tendrían unas funciones específicas propias que veremos en posteriores artículos.